Protección de los menores

Protocolo marco de actuación para la protección de las personas menores en el deporte.

Código de Buenas Prácticas en el trato con personas menores.

Modelo de autorización para desplazamiento de menores.

Modelo de manejo de datos e imágenes de menores. Autorización para tratamiento.

Anexo I. Aceptación del protocolo Marco por la entidad deportiva.

Anexo II. Designación de Delegado/a del menor.

Orden 18 de noviembre de 2024.

(Enlace  BOJA Número 229 – Lunes, 25 de noviembre de 2024)

El club deportivo Tritones se compromete con la protección de menores en el deporte y difunde el Protocolo Marco de la Junta de Andalucía

El club deportivo Tritones (C.D.T.) reafirma su compromiso con la protección de la infancia y la adolescencia en el ámbito deportivo y se une a la iniciativa de la Junta de Andalucía para la prevención y detección de situaciones de violencia.

En este sentido, la FAE informa a todas las entidades deportivas de Andalucía que trabajen habitualmente con menores de edad sobre la entrada en vigor, a partir del 26 de diciembre de 2024, del Protocolo Marco de actuación para la prevención, detección precoz e intervención frente a posibles situaciones de violencia contra la infancia y la adolescencia en el ámbito del deporte en Andalucía.

Este protocolo, de obligado cumplimiento para todas las entidades deportivas, tiene como objetivo establecer un marco de actuación para proteger a los menores de edad en el deporte. El C.D.T, en su compromiso con la seguridad y el bienestar de los jóvenes deportistas, anima a todos sus clubes y entidades afiliadas a cumplir con las obligaciones establecidas en el protocolo.

Obligaciones de las entidades deportivas:

  1. Poner en marcha el Protocolo Marco: Para ello, deberán firmar el documento Anexo I (Aceptación del Protocolo Marco), facilitado por la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.
  2. Designar un Delegado/a de Protección: Deberán designar la figura del Delegado/a de Protección de la persona menor o Comisionado del Menor Deportista, tal como establece el artículo 55 del Decreto 41/2022. La designación se comunicará a la Administración mediante el Anexo II (Designación de Delegado/a de protección de las personas menores por Entidades Deportivas andaluzas).
  3. Formación obligatoria: Antes del 1 de julio de 2025, tanto las personas que tengan contacto directo con menores como el Delegado/a de Protección deberán recibir formación específica en prevención y detección de situaciones de violencia contra la infancia y la adolescencia.

El C.D.T, en su compromiso con la protección de los menores, pone a disposición de sus clubes y entidades afiliadas toda la información y el apoyo necesario para el cumplimiento de este protocolo.